
Los microcréditos tienen por objeto facilitar el acceso de los emprendedores y micropymes a la financiación bancaria a través de Cajalmendralejo, mediante el otorgamiento de la garantía pública ofrecida por el Fondo de Cartera Jeremie Extremadura 2, propiedad de la Junta de Extremadura y gestionado por Extremadura Avante.
Características de los Microcréditos Emprendedores
- Importe máximo: hasta 50.000 euros por proyecto y destinatario
- SIN GARANTÍAS ADICIONALES
- Condiciones financieras preferentes
- Duración de la operación: Hasta 96 meses, incluyendo el periodo de carencia opcional, que será como máximo de 12 meses.
- Plazo presentación de solicitudes: hasta diciembre de 2026
Beneficiarios de los Microcréditos Emprendedores
- Emprendedores (persona física, desempleadas o no) que pretenden desarrollar una nueva actividad empresarial o profesional en Extremadura, bajo cualquier forma jurídica.
- Micropymes, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los autónomos,(1) que hayan iniciado actividad empresarial o constituido la sociedad, como máximo 5 años antes de la fecha de solicitud del microcrédito, para proyectos de expansión y crecimiento empresarial.
- Los microcréditos se destinarán a financiar inversiones en activos tangibles e intangibles, pudiendo además incorporar partidas de activo circulante.
- Los proyectos no podrán pertenecer a los sectores de acuicultura, pesca, producción primaria de productos agrícolas.(2)
Requisitos de los destinatarios finales
- No deberá ser una empresa en dificultades o en crisis tal como se define en las normas sobre ayudas estatales.(3)
- No deberá tener en mora cualquier otro préstamo o arrendamiento financiero concedido por el intermediario financiero o por otra institución financiera con arreglo a los controles efectuados de conformidad con las directrices internas del intermediario financiero y la política crediticia habitual.
- Además, en el momento del desarrollo del proyecto y durante el reembolso del microcrédito garantizado, los destinatarios finales deberán desarrollar la actividad empresarial o profesional para la que desembolsó el microcrédito garantizado en Extremadura.
Criterios que deben cumplir los microcréditos
- Los nuevos microcréditos no podrán refinanciar otros préstamos o cualquier otro tipo de deudas existentes.
- Los microcréditos están acogidos a la normativa de ayudas de Estado y en concreto al reglamento de minimis, no debiendo superar el importe total de la ayuda en 200.000 €.
- Los destinatarios finales no podrán ser beneficiarios de más de un microcrédito garantizado en un periodo de 5 años ni tener otro microcrédito pendiente de amortización vinculado a este producto financiero.
- Los microcréditos deberán proporcionar financiación en euros para los fines permitidos.
- Los microcréditos no podrán adoptar la forma de préstamos de entresuelo, deuda subordinada o cuasi capital. Tampoco podrán adoptar la forma de líneas de crédito rotatorias.
- Los microcréditos no financiarán actividades puramente financieras ni promociones inmobiliarias cuando se realicen como una actividad de inversión financiera y no financiarán los créditos al consumo.
(1) Conforme a la definición establecida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
(2) Excepciones referidas en el Reglamento UE nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013.
(3) Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis